Con 63 votos a favor y siete en contra, se consiguió que la norma esté vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, prorrogable por un año más.
Este 4 de septiembre de 2025, el Senado de la Nación resolvió dejar sin efecto el veto presidencial formulado por el Poder Ejecutivo a la Ley de Emergencia en Discapacidad, reestableciendo su plena vigencia. La votación alcanzó 63 votos afirmativos y 7 negativos, superando holgadamente los dos tercios requeridos por el artículo 83 de la Constitución Nacional.
Se trata de un hecho institucional de especial trascendencia, dado que desde el año 2003 no se registraba un antecedente de insistencia legislativa frente a un veto presidencial. Este procedimiento reafirma la supremacía del Congreso en la formación y sanción de las leyes, consolidando el sistema de frenos y contrapesos previsto por la Carta Magna.
La norma reinstaurada declara la emergencia en discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un año. Establece, entre otras medidas, la actualización de aranceles y pensiones no contributivas, la previsión de recursos específicos para prestadores, y la habilitación de instancias de articulación con el Consejo Federal de Discapacidad. Asimismo, otorga facultades al Jefe de Gabinete en materia de reasignación presupuestaria vinculada al sector.
Desde la perspectiva jurídico-constitucional, el rechazo al veto implica que la ley debe ser promulgada, aun sin la conformidad del Poder Ejecutivo, en virtud del principio de obligatoriedad de la insistencia legislativa. Con ello, se garantiza la continuidad y eficacia del régimen de protección de las personas con discapacidad, evitando eventuales vacíos normativos o financieros que pudieran menoscabar derechos adquiridos.